Las nuevas restricciones del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a la Modalidad 40 podrían limitar la pensión futura de quienes ingresen o reingresen a este esquema y también ser impugnadas por una posible afectación a derechos previstos en la legislación mexicana, advirtió Jorge Antonio Loyo Pérez, académico del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana.
El acuerdo fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre de 2026 y entró en vigor el 22 de octubre. Entre sus principales cambios establece que las nuevas incorporaciones podrán cotizar con el último salario base registrado antes de la baja o incrementarlo hasta por el equivalente a una Unidad de Medida y Actualización (UMA), además de eliminar las altas y pagos retroactivos.
Qué cambia para quienes busquen incorporarse
La Modalidad 40, cuyo nombre oficial es Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, permite que las personas que dejaron de trabajar para un patrón continúen cotizando por cuenta propia ante el IMSS. El esquema es especialmente relevante para quienes pertenecen al régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, debido a que el cálculo de su pensión considera el promedio salarial de las últimas 250 semanas cotizadas.
Antes de la modificación, quienes cumplían los requisitos podían elegir un salario de cotización superior al último registrado, dentro de los límites legales. A partir de las nuevas disposiciones, quienes soliciten el ingreso o reingreso deberán sujetarse al límite establecido por el acuerdo y sus derechos comenzarán a partir de la fecha en que presenten la solicitud.
El acuerdo también prevé que los trámites se realicen mediante mecanismos digitales y que la Modalidad 40 no pueda contratarse simultáneamente con el esquema de aseguramiento voluntario para Personas Trabajadoras Independientes.
Las condiciones de quienes ya están inscritos se mantienen
Las restricciones no eliminan la Modalidad 40 ni modifican de manera inmediata las condiciones de las personas que ya estaban inscritas cuando entró en vigor el acuerdo. Esos trabajadores conservarán las condiciones contratadas hasta que concluya el periodo correspondiente, y las semanas y salarios efectivamente cotizados y pagados deberán reconocerse para el cálculo de sus derechos pensionarios.
La situación es distinta para quienes aún no ingresan o buscan reincorporarse. En esos casos, deberán cumplir las nuevas reglas, mientras que la existencia de posibles derechos adquiridos o de una simple expectativa de incorporación dependerá de las circunstancias particulares y del cumplimiento de los requisitos legales.
El debate sobre la constitucionalidad
Loyo Pérez señaló que las medidas podrían entrar en tensión con el principio de progresividad de los derechos humanos previsto en el artículo primero constitucional, debido a que reducen las condiciones que permitían a algunas personas elevar su salario de cotización para mejorar la pensión.
El especialista también cuestionó que las restricciones se hayan establecido mediante un acuerdo administrativo y no a través de una reforma aprobada por el Congreso de la Unión. Sin embargo, precisó que la posible inconstitucionalidad no puede darse por acreditada automáticamente: será necesario revisar el contenido del acuerdo, las facultades legales del Consejo Técnico del IMSS y los criterios judiciales aplicables.
La controversia también fue planteada en el Senado, donde se solicitó revisar si el Consejo Técnico tiene atribuciones para limitar mediante un acuerdo las condiciones de cotización previstas en la Ley del Seguro Social.
El IMSS evaluará el impacto financiero
Las nuevas medidas tienen como contexto la revisión del costo financiero de la Modalidad 40. El acuerdo instruye a las áreas financieras y actuariales del IMSS a elaborar, en un plazo máximo de seis meses, un diagnóstico sobre los efectos del esquema en las finanzas institucionales.
Después de recibir ese análisis, la Dirección Jurídica contará con hasta seis meses para coordinar una propuesta de modificaciones normativas orientada a garantizar la viabilidad del esquema en el mediano y largo plazos. El reto será contener posibles abusos o irregularidades sin restringir derechos reconocidos por la ley.
Las personas que consideren afectados sus derechos pueden buscar asesoría jurídica para analizar la procedencia de un juicio de amparo u otro recurso. La viabilidad de cualquier impugnación dependerá del caso concreto, del acto reclamado, de los plazos y del cumplimiento de los requisitos procesales.

